Tucumán prohíbe el uso de vapers en espacios cerrados: la nueva ley ya fue promulgada

La normativa alcanza a cigarrillos electrónicos y narguiles, tanto en lugares públicos como privados de acceso colectivo. También se restringe su venta y publicidad.

El gobernador Osvaldo Jaldo promulgó la ley que incorpora a los vapers dentro de la normativa que restringe fumar en espacios cerrados en Tucumán. La iniciativa había sido aprobada por la Legislatura en 2019 y ahora fue registrada bajo el número 9.882. Comenzará a regir oficialmente cuando se publique en el Boletín Oficial.

La nueva disposición modifica la Ley 7.575 e incluye a los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, en la lista de productos cuyo uso está prohibido en ambientes cerrados y espacios públicos. Legisladores argumentaron que estos dispositivos contienen sustancias cancerígenas, metales y químicos que representan un riesgo para la salud.

La ley también establece que los comercios, oficinas públicas y demás espacios alcanzados deberán colocar carteles que indiquen la prohibición de fumar tabaco, cigarrillos electrónicos y narguiles. Esos carteles deberán tener una dimensión mínima de 600 centímetros cuadrados.

Además, queda prohibida la importación, distribución, venta, comercialización y cualquier tipo de publicidad o promoción de vapers en toda la provincia. Las violaciones a esta norma serán sancionadas económicamente, según lo estipula la Ley 7.575.

Las multas se aplicarán en casos como la falta de señalización, la venta a menores de 18 años o la promoción de productos prohibidos. El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 30 días corridos para implementar las adecuaciones reglamentarias, especialmente en edificios públicos.

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