
A partir del próximo 1 de noviembre, los Juzgados de Paz Letrados comenzarán a tramitar formalmente procesos de divorcio y solicitudes de regímenes de comunicación provisorios. Esta medida busca descentralizar la atención judicial y facilitar el acceso vecinal a trámites clave del derecho de familia, evitando que los ciudadanos deban trasladarse hacia los centros judiciales principales para este tipo de gestiones.
La implementación se enmarca en las disposiciones reglamentarias aprobadas recientemente por el máximo tribunal provincial. Mediante dos acordadas, se establecieron los formularios únicos de inicio y los manuales de buenas prácticas destinados a unificar los criterios de actuación en todas las dependencias. De este modo, los magistrados de paz quedarán habilitados para dictar la sentencia que extingue el vínculo matrimonial y resolver acuerdos o fijaciones provisorias sobre comunicación y alimentos.
Sin embargo, la normativa delimita con rigor el alcance material de estas facultades. Las cuestiones relativas a los efectos patrimoniales del divorcio quedan excluidas de esta instancia, por lo que la división de bienes y los reclamos de compensación económica deberán tramitar ante los tribunales ordinarios de familia competentes. La medida apunta exclusivamente a agilizar la resolución de los aspectos vinculares y de contacto familiar inmediato.
En cuanto al ejercicio profesional, la reglamentación ratifica la obligatoriedad del patrocinio letrado formal en todas las presentaciones que ingresen a la Justicia de Paz. En aquellos supuestos en los que un ciudadano comparezca sin representación, se prevé la derivación directa hacia los servicios de asistencia jurídica gratuita con un seguimiento formal para resguardar las garantías procesales de las partes. Asimismo, se han previsto capacitaciones obligatorias para los jueces y adecuaciones tecnológicas en los sistemas informáticos de gestión de expedientes con el fin de ordenar el ingreso y control de admisibilidad de las causas.







