
El Tribunal de Cuentas provincial resolvió por unanimidad desestimar una denuncia administrativa presentada contra la actual comisionada rural de Las Cejas, argumentando la total ausencia de elementos fácticos o jurídicos que justificaran la apertura de un proceso sumario. La investigación preliminar había sido impulsada por un dirigente político que acusaba a la jefa comunal de presuntas irregularidades vinculadas con la supuesta utilización de fondos públicos para la edificación de una propiedad particular en la zona de El Cadillal. Sin embargo, el organismo de control determinó que no se verificó un perjuicio fiscal que active su competencia exclusiva, aunque dejó en claro que la vía judicial ordinaria permanece abierta para el denunciante.
El origen de la presentación y las medidas probatorias
El expediente se originó a partir de una presentación formal realizada ante el ente de contralor, en la cual se solicitaba investigar a las autoridades de la comuna rural por presuntos delitos como peculado, malversación de caudales públicos, administración fraudulenta e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Como parte de las diligencias preliminares, los equipos técnicos del organismo instrumentaron diversas medidas probatorias, entre las que se incluyeron inspecciones oculares a comercios proveedores de insumos de construcción y entrevistas con encargados o propietarios de los locales comerciales.
Durante esas averiguaciones, los inspectores constataron la existencia de comprobantes emitidos a nombre de la comuna local. No obstante, al cotejar la documentación con los libros contables y los registros correspondientes al cuarto y quinto bimestre del período fiscal analizado, los auditores comprobaron que las facturas cuestionadas jamás fueron incorporadas en las rendiciones oficiales de gastos. Tampoco se detectaron salidas de dinero equivalentes ni correlaciones en los extractos de las cuentas bancarias oficiales administradas por el gobierno comunal.
La resolución del organismo de control
Ante la falta de registración contable y la ausencia de erogaciones con recursos públicos, la defensa de la funcionaria argumentó que los comprobantes no correspondían a gastos de la comuna y deslindó responsabilidades administrativas sobre el origen de los papeles de compra. En consecuencia, la Asesoría Jurídica concluyó que no existen evidencias materiales de un detrimento al patrimonio estatal, un recaudo legal indispensable para que el Tribunal de Cuentas continúe interviniendo en la materia bajo su órbita exclusiva.
A a pesar del cierre de esta instancia administrativa, el fallo del organismo enfatizó que el ciudadano que promovió la denuncia conserva intacta la potestad de acudir por sus propios medios ante el Ministerio Público Fiscal. De este modo, si el particular considera que cuenta con las pruebas necesarias para endilgar la comisión de delitos comunes, podrá instar la acción penal correspondiente en los tribunales ordinarios, un camino que ya había intentado transitar en etapas anteriores sin lograr constituirse formalmente como querellante. La resolución pone un freno institucional al sumario interno, pero traslada la discusión al ámbito de la justicia penal, donde la controversia política y legal continuará su curso en medio de la expectativa de los vecinos de la región.







