La Cámara de Diputados aprobó anoche por amplia mayoría el proyecto de ley de discapacidad, una iniciativa que logró destrabarse en el recinto luego de que el oficialismo aceptara modificaciones sustanciales reclamadas por diversos bloques opositores. Con 237 votos a favor, nueve negativos y cuatro abstenciones, el texto obtuvo la media sanción y fue girado al Senado para su debate definitivo.

El resultado superó los dos tercios de los presentes, cerrando una tensa negociación en la que el escenario inicial parecía encaminarse hacia una prórroga de la emergencia en discapacidad que vence a fin de año. Sin embargo, el oficialismo optó por ceder en puntos clave para asegurar un marco normativo permanente que garantice derechos y brinde certidumbre a largo plazo al sector.

El giro en el debate y las modificaciones introducidas

El momento decisivo de la sesión se produjo cuando los bloques dialoguistas y opositores enumeraron una serie de cambios indispensables para acompañar la medida. Desde la bancada oficialista confirmaron de manera formal la aceptación de las modificaciones planteadas, un anuncio que despejó los interrogantes y allanó el camino hacia un consenso transversal.

Entre las incorporaciones más destacadas al texto original figura la inclusión explícita de los requisitos para acceder a las pensiones por discapacidad, parámetros que hasta el momento quedaban supeditados a la reglamentación del Poder Ejecutivo.

De este modo, la norma establece que para percibir el beneficio será requisito indispensable:

  • Contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.
  • Superar una evaluación socioeconómica rigurosa.
  • No percibir ingresos individuales iguales o superiores a dos salarios mínimos, vitales y móviles.

Asimismo, la legislación garantiza la continuidad ininterrumpida de la cobertura médico-asistencial para los beneficiarios y consagra la compatibilidad legal entre la percepción de la pensión y el desempeño de un empleo formal, siempre que las remuneraciones no superen el tope estipulado.

Regularización de deudas con prestadores e inflación

Otro de los ejes centrales del proyecto aprobado aborda la situación crítica de los prestadores de servicios y las deudas acumuladas. A partir de la sanción, el Poder Ejecutivo nacional tendrá un plazo de 30 días para informar un cronograma oficial de regularización, debiendo completar el pago de las compensaciones adeudadas en un plazo máximo de 90 días para aquellos que hayan completado los trámites correspondientes.

En materia económica, el texto ratifica la actualización mensual por inflación del Nomenclador de Prestaciones Básicas, el mecanismo encargado de fijar los valores de referencia del sistema. Adicionalmente, se estipula la obligatoriedad de contemplar partidas presupuestarias suficientes en el cálculo de gastos, facultando al Tesoro Nacional a inyectar recursos extraordinarios en caso de que los fondos asignados resulten insuficientes para sostener la cobertura.

Con este paso en la Cámara baja, el proyecto de ley continuará su derrotero legislativo en la Cámara alta, donde los senadores deberán definir el cronograma definitivo para saldar los pasivos históricos con los prestadores y consolidar el esquema de actualización de prestaciones.